Articulo 27 Autorización de centros y servicios sanitarios
- Con efectos de 1 de mayo de 2019 las referencias efectuadas en la presente norma al Registro de Centros y Servicios Sanitarios se entenderán hechas al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Principado de Asturias. - Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. [Cod. 2019-03619]
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»Artículo 27. Información básica.
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El Registro de Centros y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias contendrá la siguiente información básica:
a) Número de Registro Sanitario.
b) Fecha de solicitud o de inicio del expediente.
c) Fecha de las resoluciones de autorización de instalación, de funcionamiento, de modificación, de renovación y de declaración de cierre.
d) Fecha de comunicación de cierre.
e) Denominación del centro y servicio sanitario.
f) Dirección y datos de localización.
g) Clasificación del centro.
h) Oferta asistencial.
i) Facultativo o director técnico responsable.
