Artículo 27 básica de nor...el Euskera

Artículo 27 básica de normalización del uso del Euskera

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Artículo 27.

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1. Los poderes públicos vascos fomentarán el uso del euskera en la publicidad.

2. Asimismo, impulsarán el uso ambiental del euskera y su empleo en la rotulación de todo tipo de entidades mercantiles, recreativas, culturales y asociativas de carácter no oficial.