Artículo 27 Campamentos Públicos de Turismo, Campamentos Privados y Zonas de Acampada Municipal
Artículo 27. Otros servicios generales.
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Copiloto jurídico
En todos los campings, cualquiera que sea su categoría, existirá:
A.- Servicio de recogida y entrega diaria de la correspondencia.
B.- Botiquín de primeros auxilios para atender a los usuarios y asistencia médica, al menos, concertada.
En los campings de lujo y primera, existirá además enfermería.
C.- Servicio de vigilancia permanente adaptada a la extensión y capacidad del camping.
E.- Cajas fuertes de seguridad para la custodia de valores de forma gratuita. En los campings de lujo y primera existirá, además, un servicio de cajas fuertes individuales a disposición de los clientes en régimen de alquiler.
F.- Servicio telefónico para uso de los clientes. En las categorías de lujo y primera los teléfonos estarán instalados en cabinas individuales.
