Articulo 27 Campamentos d...de Galicia

Articulo 27 Campamentos de turismo de Galicia

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Artículo 27. Reglamento de régimen interno

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1. El reglamento de régimen interno es el conjunto de normas fijadas por la dirección del campamento de turismo que tienen por objeto establecer las condiciones de admisión y, en su caso, expulsión; las normas de convivencia y funcionamiento regulando, entre otros, el posible uso de fuego, la presencia de animales de compañía, actividades permitidas en horario nocturno y la recogida de residuos; el régimen de la permanencia y uso de las instalaciones por personas no alojadas en el campamento de turismo; el período y el horario de apertura de los servicios de restauración y tiendas del campamento de turismo así como, en general, todos aquellos aspectos que permitan el mejor desarrollo de la actividad de acampada y del uso de los servicios del campamento.

2. Dichas normas no podrán dar lugar, en ningún caso, a discriminación prohibida legalmente ni contravenir el ordenamiento jurídico vigente, y deberán cumplir con la normativa vigente en materia de precios y reservas.

3. El reglamento de régimen interno deberá estar a disposición de todas las personas usuarias en un lugar accesible y visible y, al menos, en la recepción del campamento de turismo.