Articulo 27 Comisión de Delimitación Territorial
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Artículo 27. Informes, propuestas y estudios

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27.1 La Comisión tiene que emitir su informe en el plazo máximo de dos meses desde que se aporte la documentación indicada en el artículo siguiente, a menos que una disposición o el cumplimiento del resto de los plazos del procedimiento permita o requiera otro plazo mayor o menor.

27.2 Los informes, las propuestas y los estudios elaborados por la Comisión de Delimitación Territorial serán enviados al órgano que haya pedido la consulta, por medio de un testimonio certificado que entregará la Secretaría de la Comisión por medios electrónicos.

27.3 Los informes, propuestas, estudios y otra documentación formarán un expediente numerado que se archivará.