Articulo 27 Derechos de los consumidores

Articulo 27 Derechos de los consumidores

Ver Indice
»

Artículo 27. Suministro no solicitado

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se eximirá al consumidor de toda obligación de entregar contraprestación alguna en caso de suministro no solicitado de bienes, agua, gas, electricidad, calefacción mediante sistemas urbanos, de contenido digital o de prestación de servicios no solicitada, prohibido por el artículo 5, apartado 5, y el anexo I, punto 29, de la Directiva 2005/29/CE. En dicho caso, la falta de respuesta del consumidor a dicho suministro o prestación no solicitada no se considerará consentimiento.