Articulo 27 Derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil
Ver Indice
»Artículo 27. Carrera profesional.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los Guardias Civiles tienen derecho al desarrollo de su carrera profesional, especialmente al régimen de ascensos, destinos, condecoraciones y recompensas, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y de conformidad con las normas que la regulen.
