Articulo 27 Drogodependencias y otras adicciones en I. Balears
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»Artículo 27. Inhalantes y colas.
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1. Se prohíbe la venta a menores de 18 años de colas y otros productos químicos que puedan producir efectos nocivos para la salud y creen dependencia o produzcan efectos no deseables.
2. La consejería competente en materia sanitaria ha de determinar reglamentariamente la relación de productos a que se refiere este artículo.
