Articulo 27 Esquema Nacional de Seguridad
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»Artículo 27. Mejora continua del proceso de seguridad.
Vigente
El proceso integral de seguridad implantado deberá ser actualizado y mejorado de forma continua. Para ello, se aplicarán los criterios y métodos reconocidos en la práctica nacional e internacional relativos a la gestión de la seguridad de las tecnologías de la información.