Articulo 27 Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
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»Artículo 27. Provisión de puestos de trabajo.
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1. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno aplicará la legislación en materia de función pública en la provisión de los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario.
2. Los puestos de trabajo adscritos al personal laboral se proveerán mediante convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
