Articulo 27 Estatuto de R...ernacional

Articulo 27 Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

Ver Indice
»

Artículo 27. Improcedencia del cargo oficial.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El presente Estatuto será aplicable por igual a todos sin distinción alguna basada en el cargo oficial. En particular, el cargo oficial de una persona, sea Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamento, representante elegido o funcionario de gobierno, en ningún caso la eximirá de responsabilidad penal ni constituirá «per se» motivo para reducir la pena.

2. Las inmunidades y las normas de procedimientos especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella.