Articulo 27 Medidas de sostenibilidad económica en ámbito del transporte, materi...tica del gas natural
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Articulo 27 Medidas de sostenibilidad económica en ámbito del transporte, materia de becas y ayudas al estudio, así como medidas de ahorro, eficiencia energética y reducción de la dependencia energética del gas natural

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Artículo 27. Modificación de la normativa reglamentaria.

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1. Mediante el presente título del real decreto-ley se modifican para el curso académico 2022-2023, las disposiciones de carácter reglamentario establecidas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas; en el Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022-2023, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, así como la Convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2022-2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 10 de marzo de 2022 (anunciada en el BOE de 12 de marzo de 2022), y la Convocatoria de ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2022-2023, aprobada por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 13 de mayo de 2022 (anunciada en el BOE de 18 de mayo de 2022).

2. El crédito que se destine a la financiación de esta cuantía complementaria, tendrá la consideración de cuantía fija a los efectos de determinar el montante que se asigne a la cobertura de la cuantía variable, de acuerdo con lo establecido en la Convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2022-2023 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Igualmente, esta cuantía complementaria se integrará entre las cuantías a las que se asignarán en primer lugar los créditos destinados a la referida Convocatoria.

3. Las disposiciones de carácter reglamentario modificadas por el presente título del real decreto-ley, conservarán su carácter reglamentario.