Articulo 27 Plan básico autonómico
- El presente decreto y el plan que éste aprueba entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el art. 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el art. 199 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
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»Artículo 27. Uso espacios libres y zonas verdes
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1. Se trata de aquel uso que comprende los espacios libres como plazas y áreas peatonales y las zonas verdes como áreas de juego, jardines, paseos peatonales y parques.
2. Sus categorías y su regulación será según lo establecido en el Reglamento de la Ley del suelo.
