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Articulo 27 Policías de Navarra -Derogada-

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Artículo 27. Jefe de la Policía Foral.

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El nombramiento y el cese del Jefe de la Policía Foral corresponderán al Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero competente.

El Jefe de la Policía Foral tendrá la consideración de alto cargo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, le será de aplicación el régimen jurídico de los Directores Generales, y estará bajo la dependencia orgánica y funcional del Director General competente.