Articulo 27 Presupuestos 2010 C León

Articulo 27 Presupuestos 2010 C. León

Ver Indice
»

Artículo 27.º- Fondo de Cooperación Local.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Fondo de Cooperación Local de Castilla y León se estructura en las siguientes líneas de actuación.

- Fondo para inversiones de municipios mayores de veinte mil habitantes.

- Fondo territorializado, destinado a las diputaciones provinciales, para inversiones en municipios menores de veinte mil habitantes.

- Fondo para inversiones de mancomunidades municipales y demás entidades locales que agrupen varios municipios.

- Fondo para inversiones de entidades locales incluidas en zonas de acción especial.

- Fondo para inversiones complementarias de las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León.

- Fondo para entidades locales con tratamiento preferencial por el alcance supramunicipal de sus servicios.