Articulo 27 Presupuestos 2014 La Rioja

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Artículo 27. Sección de pequeños municipios.

Vigente

1. Los municipios incluidos en el Consejo Riojano de Pequeños Municipios, en atención a la dificultad que supone la prestación de servicios en igualdad de condiciones con los municipios de mayor población, son destinatarios de la presente sección, con cargo a la partida presupuestaria 09.05.4411.761.02, con una dotación de 451.600 euros. La financiación procedente de esta sección tendrá carácter finalista.

2. La gestión y justificación de la financiación derivada de esta sección se sujetará a lo que dispongan las bases reguladoras que se establezcan al efecto.