Articulo 27 Presupuestos 2016 THB
Artículo 27.-Retribuciones del Personal.
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Las retribuciones de los Presidentes, Presidentas, Directores, Directoras o Gerentes de las Entidades que componen el Sector Público empresarial, respecto de las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2015, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, dentro de los límites legales establecidos, y se determinarán de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 24 de la presente Norma Foral.
Con efectos al 1 de Enero de 2016, las retribuciones íntegras de todo el personal al servicio del Sector público empresarial, respecto de las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2015, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, dentro de los límites legales establecidos y se determinará de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 24 de la presente Norma Foral.
