Articulo 27 Presupuestos 2017 Gipuzkoa

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Artículo 27. Limitaciones al aumento de gastos de personal.

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1. Durante el ejercicio 2017 sólo se podrán aprobar ampliaciones o modificaciones de plantilla, cuando el incremento del gasto que se derive de las mismas se compense mediante la reducción del gasto previsto para otras plazas. En consecuencia, cualquier creación de plazas requerirá la simultánea amortización de otras plazas de igual o superior dotación económica.

2. No obstante, las entidades del sector público foral que se creen durante el ejercicio 2017 podrán aprobar su plantilla de personal conforme a las previsiones que figuren en su presupuesto inicial.