Articulo 27 Proceso de ad...Educación

Articulo 27 Proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación

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Artículo 27. Condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión

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1. La condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión se valorará con 7 puntos.

2. La información sobre la condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión será suministrada directamente a la Administración educativa desde el departamento competente en la materia, en los términos establecidos en la disposición adicional primera de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión. No obstante, la persona interesada podrá oponerse a esta consulta. En este caso deberá aportar la documentación acreditativa.