Articulo 27 Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP
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»Artículo 27.- Resolución.
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1.- La resolución se dictará por el titular de la Dirección competente en la materia objeto del presente Decreto, notificándose al Agente Colaborador en el plazo máximo de un mes.
2.- Al vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse que el contrato se incluye en el Programa.
