Articulo 27 Protección de los Animales que viven en el entorno humano
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Los parques zoológicos, zoosafaris, acuarios, delfinarios y demás establecimientos destinados a la exhibición de animales domesticados o salvajes en cautividad serán declarados Núcleo Zoológico por la Consejería de Agricultura y Pesca.
A tal efecto, deberán presentar el proyecto de la instalación y la lista de animales que posean. Las modificaciones en dicha lista se comunicarán a la Consejería para que pueda realizar los análisis necesarios y, en su caso, tomar las medidas oportunas para evitar cualquier contagio potencial.
