Articulo 27 Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional
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»Artículo 27. Caducidad de las delegaciones legislativas.
Vigente
Las delegaciones legislativas otorgadas por el Parlamento caducarán al producirse el hecho determinante del cese del Gobierno.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2018 en vigor desde 03-01-2019