Articulo 27 Reglamento de...s taurinos

Articulo 27 Reglamento de Festejos Taurinos Populares y determinados aspectos de los espectáculos taurinos

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Artículo 27. Equipo Médico.

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1. La contratación del equipo médico que atienda sanitariamente a los heridos que se produzcan con ocasión de la celebración del festejo correrá de cuenta del organizador del mismo.

2. El equipo médico del festejo estará compuesto, como mínimo, de una persona con titulación médica especialista en cirugía, que actuará como jefe de equipo, una persona con titulación médica ayudante, una persona con titulación médica anestesista y una persona graduada en enfermería o con titulación equivalente.

Excepcionalmente, en los casos en que el festejo taurino consista en una suelta de reses hembras o de reses machos, cuando en este último caso no hayan cumplido dos años de edad, el equipo médico podrá estar compuesto por una persona con titulación médica especialista en traumatología o medicina general, que actuará como jefe del equipo, y una persona ATS o con diplomatura en enfermería, incrementándose en este supuesto la dotación de medios de evacuación de heridos en una ambulancia no asistencial más, para garantizar, en cualquier caso, su traslado a un centro hospitalario o, si no fuera necesario, a un centro de salud.

2. El equipo médico del festejo estará compuesto, como mínimo, de un médico especialista en cirugía, que actuará como jefe del equipo, un médico ayudante, un médico anestesista, y un ATS o diplomado en enfermería.

3. Todos los miembros del equipo médico deberán personarse en el lugar de celebración del festejo con al menos 30 minutos de antelación al inicio del mismo, sin que se puedan ausentar de las instalaciones sanitarias durante todo el tiempo que dure su desarrollo.