Articulo 27 Reglamento del IRPF del THB
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»Artículo 27.-Modalidades de determinación de los rendimientos de las actividades económicas.
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1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la Norma Foral del Impuesto, la determinación de los rendimientos netos de las actividades económicas se realizará en estimación directa, que tendrá las siguientes modalidades.
- Normal.
- Simplificada.
2. Los contribuyentes aplicarán las modalidades anteriores teniendo en cuenta los límites de aplicación, las reglas de incompatibilidad y de renuncia, y demás disposiciones contenidas en los artículos siguientes.
