Articulo 27 Reglamento de... Andalucía

Articulo 27 Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía

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Artículo 27. Definición.

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La recuperación es el procedimiento administrativo por el cual la Consejería de Medio Ambiente recupera, en cualquier momento, la posesión de las vías pecuarias que se hallen indebidamente ocupadas por terceros.