Artículo 27 relativo a la...tos graves

Artículo 27 relativo a la recogida y la transferencia de información anticipada sobre los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves

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Artículo 27. Funciones de apoyo de eu-LISA relacionadas con el enrutador

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1. eu-LISA impartirá formación sobre el uso técnico del enrutador y sobre la conexión e integración con este de las UIP, de otras autoridades pertinentes de los Estados miembros o de las compañías aéreas que lo soliciten.

2. eu-LISA prestará apoyo a las UIP en relación con la recepción de datos API y otros datos PNR a través del enrutador con arreglo al presente Reglamento, en particular en lo que respecta a la aplicación de los artículos 12 y 23.

3. De conformidad con el artículo 24, apartado 1, y haciendo uso del conjunto de pruebas de cumplimiento a que se refiere el artículo 25, apartado 4, eu-LISA efectuará ensayos la transferencia de datos API y otros datos PNR al enrutador, en cooperación con las compañías aéreas.