Articulo 27 Sindicatura d...e Cataluña

Articulo 27 Sindicatura de Cuentas de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 27. Los departamentos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Sindicatura de Cuentas se organiza en departamentos. Al frente de cada departamento hay un síndico o síndica.

2. La adscripción de los síndicos a los departamentos es por períodos de tres años.

3. Los síndicos, como responsables de sus departamentos y en el ámbito de la función fiscalizadora asignada a la Sindicatura de Cuentas, tienen la facultad de decidir las verificaciones que estimen necesarias y de velar para que se lleven a cabo.