Articulo 27 TR de las disposiciones legales en materia de tributos propios y cedidos
Articulo 27 TR de las dis... y cedidos

Articulo 27 TR. de las disposiciones legales en materia de tributos propios y cedidos

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Artículo 27. Bonificaciones de la cuota de las Comunidades de Regantes

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Se establece una bonificación en la cuota del impuesto del 100 por 100 aplicable en aquellos actos y negocios jurídicos realizados por las comunidades de regantes de la Comunidad de Castilla y León relacionados con obras que hayan sido declaradas de interés general.