Articulo 27 TR. de la ley del impuesto sobre sociedades
- Norma derogada, con efectos de 1 de enero de 2015, por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre.
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»Artículo 27. Devengo del impuesto.
Vigente
1. El impuesto se devengará el último día del período impositivo.
2. (Derogado con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2013)
Modificaciones
- Modificación realizada (27 (apdo. 2, se deroga)) por Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.
(BOE de 28-12-2012) en vigor desde 28-12-2012 - Artículo modificado por Ley 11/2009, de 26 de octubre, por la que se regulan las Sociedades Anonimas Cotizadas de Inversion en el Mercado Inmobiliario.
(BOE de 27-10-2009) en vigor desde 28-10-2009

