Articulo 27 Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja
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»Artículo 27. Catálogo de información pública reutilizable.
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1. La consejería competente en materia de transparencia mantendrá un catálogo de información pública reutilizable correspondiente a los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley, que permita acceder, desde el Portal de la Transparencia, a los distintos recursos de información pública reutilizable disponibles.
2. Además de observar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el artículo 4.3 de esta ley, las autoridades públicas, funcionarios y empleados de las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de esta ley colaborarán activamente en el mantenimiento del catálogo de información pública reutilizable.
Modificaciones
- Artículo modificado (27 (apdo. 1)) por Ley 2/2021, de 29 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2021
(LO de 01-02-2021) en vigor desde 01-02-2021
