Articulo 273 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 273. Responsabilidad de las personas jurídicas.
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Las personas jurídicas serán responsables por las infracciones cometidas por sus órganos o agentes y asumirán, además, el coste de las medidas de reparación del orden urbanístico vulnerado y las indemnizaciones por daños y perjuicios a terceros a que hubiere lugar.
