Articulo 274 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales
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»Artículo 274. Extinción
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Serán causas de extinción del contrato las previstas en el artículo 241 que sean de aplicación, y de manera específica, cuando la entidad tenga instalado y esté en disposición de prestar un servicio análogo al concertado.
