Articulo 275 Derecho civil de Galicia

Articulo 275 Derecho civil de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 275.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Podrán ordenarse en testamento disposiciones particulares sobre la partición de la herencia que habrán de observarse al hacer la misma.