Articulo 276 Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
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»Artículo 276. Régimen jurídico del derecho de superficie.
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1. El régimen jurídico del derecho de superficie será el establecido en la legislación estatal.
2. La utilización del derecho de superficie por la Administración y demás personas públicas y su constitución por los particulares gozará de los beneficios para las viviendas de protección pública derivados de la legislación, siempre que se cumplan los requisitos en ella establecidos.
