Articulo 279 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»Artículo 279. Participación de los propietarios.
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En el sistema de expropiación, los propietarios participan en la actuación integrándose en una Asociación de Propietarios, entidad urbanística colaboradora regulada por lo dispuesto en los artículos 192 a 197, y habilitada para solicitar la concesión de la condición de urbanizador.
