Artículo 28 se aprueban m...erabilidad

Artículo 28 se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad

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Artículo 28. Aspectos financieros.

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1. Estas ayudas se financiarán con cargo al presupuesto en vigor en 2025 de la sección 17 «Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible», servicio 41 «Dirección General de Estrategias de Movilidad», programa 441M «Subvenciones y Apoyo al Transporte Terrestre», en el concepto 452 «Ayudas a CCAA para medidas sociales y mejora de la calidad en los servicios de transporte público», y en el concepto 462 «Ayudas a EELL para medidas sociales y mejora de la calidad en los servicios de transporte público».

2. Para su financiación se tramitarán, en su caso, las correspondientes modificaciones presupuestarias con cargo al presupuesto en vigor en 2025 del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.