Articulo 28 Autorización de centros y servicios sanitarios
- Con efectos de 1 de mayo de 2019 las referencias efectuadas en la presente norma al Registro de Centros y Servicios Sanitarios se entenderán hechas al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Principado de Asturias. - Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. [Cod. 2019-03619]
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»Artículo 28. Publicidad y acceso.
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El Registro de Centros y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias, tiene carácter público, obligatorio y gratuito. El derecho de acceso se ejercerá conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
