Artículo 28 básica de nor...el Euskera

Artículo 28 básica de normalización del uso del Euskera

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Artículo 28.

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El Gobierno promoverá la enseñanza del euskera para adultos y la alfabetización de la población vasco-parlante mediante la creación de un Ente Público a tal efecto. Mediante ley del Parlamento Vasco se regulará la normativa correspondiente.