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Artículo 28 Condiciones y procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y correspondencia de títulos universitarios pertenecientes a ordenaciones anteriores

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Artículo 28. Información pública.

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1. La Secretaría General de Universidades, antes de finalizar la fase de instrucción del procedimiento, determinará un período de información pública de veinte días hábiles. El inicio de este trámite se informará a través de la página web del Ministerio de Universidades.

2. Igualmente, el expediente de correspondencia podrá examinarse a través de la página web del Ministerio de Universidades, siempre que los documentos del mismo no contengan datos de carácter personal en los términos que dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, al efecto de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones dentro del plazo establecido en el periodo de información pública.

3. En los casos en que se disponga de Consejos Generales o de los Colegios de ámbito nacional, que representen los intereses colectivos de un sector profesional, se informará a estos de la apertura del trámite de información pública, para que puedan emitir un informe, que tendrá un carácter no vinculante. Transcurrido el plazo señalado se dará continuidad a las actuaciones.