Articulo 28 Contratos públicos -Derogada-
Artículo 28. Portal de Contratación de Navarra.
El Gobierno de Navarra establecerá en Internet un portal web, bajo la dependencia de la Junta de Contratación Pública, en el que figurará información general de las entidades y órganos de contratación sometidos a la presente Ley Foral, como dirección de contacto, números de teléfono y fax, dirección postal y cuenta de correo electrónico.
Dicho portal web informará igualmente sobre las licitaciones en curso, con acceso a la totalidad de las condiciones de ejecución del contrato y, en su caso, la restante documentación complementaria, los contratos programados, los contratos adjudicados, las licitaciones anuladas y cualquier otra información necesaria o conveniente para la adecuada gestión de la contratación.
El Portal de Contratación de Navarra será el medio oficial para la publicidad de las licitaciones de las entidades sometidas a la presente Ley Foral y, a tal efecto, se articularán las medidas necesarias para que se pueda acreditar el hecho de la efectiva publicación de los anuncios obligatorios y su fecha.
- Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006