Articulo 28 Declaracion del Parque Natural del Montgri, les Illes Medes i el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral
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»Artículo 28. Infracciones muy graves
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Son infracciones muy graves:
a) Practicar la pesca de cerco y arrastre.
b) Extraer coral rojo en todo el ámbito del Parque Natural. En este caso la autoridad denunciante debe aplicar directamente y como medida cautelar las prescripciones establecidas por el artículo 34, relativas al comiso y a la inmovilización.
c) Desecar las zonas húmedas de la reserva natural parcial de los humedales del bajo Ter.
d) Cometer infracciones graves, en caso de reincidencia.
