Articulo 28 la Diputación General de Aragón, sobre régimen de precios, reservas y servicios complementarios en establecimientos de alojamiento turístico
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»Artículo 28. Precios y reservas.
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El régimen de precios y reservas para los campamentos públicos de turismo y otros alojamientos turísticos, será el que se establece en el presente Decreto para los establecimientos hoteleros.
La jornada acabará a las doce horas. En ningún caso podrá exigirse al cliente el abandono de la unidad de alojamiento antes de esa hora, salvo pacto en contra.
El cliente que no abandone a dicha hora la unidad de alojamiento que ocupa, se entenderá que alarga su estancia al menos un día más.
