Articulo 28 Estatuto de A...a de Ceuta

Articulo 28 Estatuto de Autonomía de Ceuta

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Artículo 28.

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La ciudad de Ceuta tiene personalidad jurídica propia y, en el ejercicio de sus competencias, gozará de las potestades y privilegios que el ordenamiento jurídico atribuye a las Administraciones públicas territoriales.