Articulo 28 Estatuto de A... de Murcia

Articulo 28 Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia

Ver Indice
»

Artículo 28.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Uno. La Asamblea Regional funciona en Pleno y en Comisiones.

Dos. Las Comisiones son permanentes y, en su caso, especiales o de investigación.

Tres. Una Diputación Permanente, elegida de entre sus miembros por la Asamblea Regional, asumirá las funciones de ésta cuando no esté reunida o haya expirado su mandato. El Reglamento determinará su composición, régimen y funcionamiento.