Articulo 28 Estatuto de C...xtremadura

Articulo 28 Estatuto de Consumidores y Usuarios de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 28.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En los medios de comunicación social de carácter público o que reciban alguna subvención o ayuda con cargo a los fondos públicos, los mensajes dirigidos a los niños a través de los anuncios publicitarios, programas, espectáculos o publicaciones deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. Evitar la manipulación psíquica de los niños, con el fin de no interferir en el adecuado desarrollo de su personalidad.

  2. Evitar la incitación a la violencia o a la realización de actos delictivos.

  3. No sugerir hábitos de consumo de bebidas alcohólicas, tabaco o cualquier otro producto que pueda originar efectos nocivos para la salud o que generen dependencia.

  4. Que sus contenidos no sean contrarios a la moral pública y ofendan sentimientos éticos o religiosos.