Articulo 28 Estatuto de Consumidores y Usuarios de Extremadura
Artículo 28.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En los medios de comunicación social de carácter público o que reciban alguna subvención o ayuda con cargo a los fondos públicos, los mensajes dirigidos a los niños a través de los anuncios publicitarios, programas, espectáculos o publicaciones deberán reunir las siguientes condiciones:
Evitar la manipulación psíquica de los niños, con el fin de no interferir en el adecuado desarrollo de su personalidad.
Evitar la incitación a la violencia o a la realización de actos delictivos.
No sugerir hábitos de consumo de bebidas alcohólicas, tabaco o cualquier otro producto que pueda originar efectos nocivos para la salud o que generen dependencia.
Que sus contenidos no sean contrarios a la moral pública y ofendan sentimientos éticos o religiosos.
