Articulo 28 Fundaciones de Cataluña -derogada-
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (Se derogan los artículos 1 a 50 y el 53, las disposiciones adicionales, las disposiciones transitorias y la disposición final primera) por LEY 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Codigo civil de Cataluña, relativo a las personas juridicas.
(GC de 02-05-2008) en vigor desde 02-08-2008 - Artículo modificado (28) por LEY 11/2005, de 7 de julio, de modificacion y derogacion parcial de varias leyes relativas a entidades publicas y privadas y en materia de personal.
(GC de 15-07-2005) en vigor desde 16-07-2005
