Articulo 28 Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local
- Norma vigente en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. - Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
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»Artículo 28. Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
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La Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, ejercerá la coordinación y supervisión de la formación que imparten las Escuelas Municipales y Concertadas de Policía Local. Independientemente de otras competencias que puedan serle atribuidas, llevará a cabo la formación y el perfeccionamiento de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y las funciones de investigación, estudio y divulgación de las materias que afectan a dichos Cuerpos, sin perjuicio de las competencias de las Escuelas Municipales de Policía Local.
