Articulo 28 Juego y Apuestas de C León

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Artículo 28. Funciones.

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Son funciones de la Comisión del Juego y Apuestas las siguientes:

a) Informar de las disposiciones de carácter general que se hayan de dictar en la materia, incluida la planificación.

b) Emitir informes y dictámenes sobre las cuestiones que le sean planteadas por los distintos órganos de la Administración.

c) Elevar a la Administración las propuestas que estime pertinentes.

d) Aprobar la memoria anual.

e) Cualquier otra función que se le atribuya reglamentariamente.