Articulo 28 Medidas 2021 ...Valenciana

Articulo 28 Medidas 2021 fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana

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Artículo 28

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Se introduce un nuevo capítulo III en el título XXX Tasa por servicios administrativos relativos al Registro Autonómico de Inscripción de las ECUV, RECUV en la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, con la siguiente redacción:

«Artículo 30.3-1. Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de esta tasa, la prestación por la Dirección General de Urbanismo, de los siguientes servicios administrativos:

a) Habilitación de las ECUV, e inscripción de la ECUV en el RECUV.

b) Modificación de la inscripción inicial en el RECUV.

c) Realización de auditorías de calidad a las ECUV.

d) Inspección y vigilancia de las actuaciones realizadas por las ECUV.

e) Emisión de certificado de inscripción en el RECUV.

Artículo 30. 3-2. Devengo y exigibilidad

1. El devengo se producirá en el momento en que se preste el servicio que constituye el hecho imponible.

2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá con antelación al devengo, en el momento en que se produzca la solicitud.

Artículo 30. 3-3. Cuota íntegra

La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cuota fija señalada en el cuadro siguiente:

Tipo de servicio

Importe unitario (euros)

1 Habilitación de las ECUV, e inscripción de la ECUV en el RECUV

79,15

2 Modificación de la inscripción inicial en el RECUV

52,77

3 Realización de auditorías de calidad a las ECUV

422,13

4 Inspección y vigilancia de las actuaciones realizadas por las ECUV

211,06

5 Emisión de certificado de inscripción en el RECUV

263,83

Artículo 30. 3-4. Cuota Líquida

La cuota líquida coincide con la cuota íntegra.

Artículo 30. 3-5. Contribuyentes

Son contribuyentes de esta tasa los solicitantes de los servicios a los que se refiere el hecho imponible.»