Articulo 28 Presupuestos 2007 Cataluña
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»Artículo 28. Limitación del aumento de gastos de personal.
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Durante el ejercicio 2007 no pueden tramitarse expedientes de ampliación de plantilla ni disposiciones o expedientes de creación o de reestructuración de unidades orgánicas si el incremento del gasto público que deriva de ellos no se compensa reduciendo el mismo importe de otros conceptos presupuestarios de los capítulos de gastos corrientes. Si la ampliación y la creación de plantillas o la reestructuración de unidades orgánicas derivan de la entrada en funcionamiento de nuevas inversiones, el incremento del gasto resultante también puede ser financiado minorando los créditos para inversiones del departamento o la entidad que lo proponga.
